El registro como prueba plena

La ley le da valor de prueba plena al registro de jornada cuando se acredita que lo acordaron el trabajador y el patrón.

Actualizado el

Qué dice la ley

El registro electrónico de jornada hace prueba plena si se acredita que fue acordado entre trabajador y patrón. Es decir, sirve para demostrar a qué hora entró y salió cada persona, ante un inspector de la STPS o en un juicio laboral, siempre que puedas mostrar que el trabajador estuvo de acuerdo con la forma de registrar.

El acuerdo de registro

En bip, cada trabajador acepta el acuerdo de registro de jornada antes de poder checar por primera vez. Se guarda la fecha en que lo aceptó, la versión del documento y el dispositivo desde el que lo hizo.

Puedes leer el acuerdo de registro de jornada completo.

Acuerdo de registro de jornada

Trabajadora
Ana Martínez
Aceptado
4 ene 2027, 08:51
Versión
1.0
Dispositivo
Celular de Ana

Correcciones con visto bueno

Un registro acordado pierde fuerza si el patrón lo puede cambiar solo. Por eso, cuando a alguien le falta un registro, la jornada queda abierta y no se cierra sola. Tú propones la corrección con un motivo y el trabajador la acepta o la rechaza desde su celular.

La corrección es un registro nuevo que apunta al original. El original se conserva, y los dos aparecen en el reporte.

Un registro que no se altera

Los registros no se editan ni se borran, tampoco desde el panel de administrador. Cada registro lleva el sello del anterior del mismo trabajador: si alguien altera uno, la cadena se rompe y se nota. La hora la pone el servidor de bip, no el celular.

Lo que bip no puede prometer

Lo que pase en una inspección o en un juicio depende de cada caso. bip guarda el acuerdo y un registro que no se puede alterar a escondidas, pero no puede garantizar un resultado. Si tienes un conflicto con un trabajador, consulta a tu abogado.

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