El registrode jornada
Lo que pide la reforma al artículo 132, fracción XXXIV de la Ley Federal del Trabajo, explicado para quien tiene un negocio.
1 de enero
de 2027Fecha en que entra en vigor
Las fechas
Se publica la reforma
Al artículo 132, fracción XXXIV de la Ley Federal del Trabajo, en el Diario Oficial de la Federación.
Los lineamientos de la STPS
Se espera que la STPS publique el alcance, las excepciones y el formato en la primera quincena.
El registro es obligatorio
Ese mismo día la jornada máxima baja a 46 horas a la semana.
La jornada llega a 40 horas
Baja dos horas cada 1 de enero, desde 2027.
La ley en cuatro puntos
Qué pide. Que registres de forma electrónica la hora de inicio y de fin de la jornada de cada trabajador, y que entregues ese registro a la autoridad cuando lo pida. La reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026. Si llega un inspector, esto es lo que necesitas.
Desde cuándo. Desde el 1 de enero de 2027. Ese mismo día la jornada máxima baja a 46 horas a la semana, y seguirá bajando hasta llegar a 40 horas en 2030.
La multa. No llevar el registro se sanciona con 250 a 5,000 UMA por cada trabajador. Cómo se calcula.
Lo que falta. La STPS todavía no publica los lineamientos técnicos sobre alcance, excepciones y formato. Por eso ningún sistema, bip incluido, puede decir que está certificado. Lo que se sabe de los lineamientos.
Todo sobre el registro
- La jornada de 40 horasLa jornada máxima baja dos horas cada 1 de enero, de 48 horas en 2026 a 40 en 2030.Leer
- La multa por no llevar el registroDe 250 a 5,000 UMA por cada trabajador.Leer
- Horas extra dobles y triplesCuántas se permiten por día y por semana, y cómo se clasifican.Leer
- Los lineamientos de la STPSQué falta por publicar, cuándo se espera y qué cambia cuando salga.Leer
- Qué hacer si llega un inspectorQué te pueden pedir y cómo entregar el registro el mismo día.Leer
- El registro como prueba plenaPor qué el acuerdo entre trabajador y patrón le da valor al registro.Leer
- Cuánto tiempo se conservan los registrosEl último año, y un año más después de que termina la relación laboral.Leer
Cumple desde enero
$10 MXN + IVA por empleado al mes.